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Plataforma
de Acción de Beijing (1995) Objetivo estratégico
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| J.1. Aumentar el acceso
de la mujer y su participación en la expresión
de sus ideas y la adopción de decisiones en los
medios de difusión y por conducto de ellos, así
como en las nuevas tecnologías de comunicación. |
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| Medidas
que han de adoptarse |
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239.
Medidas que han de adoptar los gobiernos
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a) Fomentar la educación,
la capacitación y el empleo de la mujer
a fin de promover y asegurar su igual acceso a
todas las esferas y niveles de los medios de difusión;
b) Fomentar la investigación
de todos los aspectos de la imagen de la mujer
en los medios de difusión para determinar
las esferas que requieren atención y acción
y examinar las actuales políticas de difusión
con miras a integrar una perspectiva de género;
c) Promover la participación
plena y equitativa de la mujer en los medios de
difusión, incluida la participación
en la gestión, la producción de
programas, la educación, la capacitación
y la investigación;
d) Procurar que se distribuyan
equitativamente los nombramientos de mujeres y
hombres en todos los órganos consultivos,
de gestión, de reglamentación o
de supervisión, incluidos los relacionados
con los medios de difusión privados y estatales
o públicos;
e) Alentar a esos órganos,
en la medida en que ello no atente contra la libertad
de expresión, a que aumenten el número
de programas destinados a la mujer y realizados
por mujeres, para velar por que las necesidades
y los problemas de la mujer se traten en forma
apropiada;
g) Alentar la utilización
creativa de programas en los medios de difusión
nacionales, y proporcionar medios o incentivos
a ese efecto, con miras a divulgar información
sobre las diversas formas culturales de la población
autóctona, y el desarrollo de los aspectos
sociales y educacionales conexos en el marco del
derecho nacional;
h) Garantizar la libertad de
los medios de difusión y su protección
subsiguiente dentro del marco del derecho nacional
y alentar, de manera compatible con la libertad
de expresión, la participación positiva
de los medios de difusión en las cuestiones
sociales y de desarrollo.
f) Estimular y reconocer las
redes de comunicación de mujeres, entre
ellas las redes electrónicas y otras nuevas
tecnologías aplicadas a la comunicación,
como medio para la difusión de información
y el intercambio de ideas, incluso en el plano
internacional, y brindar apoyo a los grupos de
mujeres que participan en todos los ámbitos
de los medios de difusión y de los sistemas
de comunicación a ese efecto;
g) Alentar la utilización
creativa de programas en los medios de difusión
nacionales, y proporcionar medios o incentivos
a ese efecto, con miras a divulgar información
sobre las diversas formas culturales de la población
autóctona, y el desarrollo de los aspectos
sociales y educacionales conexos en el marco del
derecho nacional;
h) Garantizar la libertad de
los medios de difusión y su protección
subsiguiente dentro del marco del derecho nacional
y alentar, de manera compatible con la libertad
de expresión, la participación positiva
de los medios de difusión en las cuestiones
sociales y de desarrollo.
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241. Medidas que han de
adoptar los sistemas de difusión nacionales e internacionales:
Elaborar, en la medida en que ello no atente contra la
libertad de expresión, mecanismos reglamentarios,
incluidos los voluntarios, que permitan a los sistemas
de comunicaciones internacionales y a los medios de difusión
presentar una imagen equilibrada y diferenciada de la
mujer y que fomenten una mayor participación de
la mujer y el hombre en las esferas de la producción
y la adopción de decisiones. 240.
Medidas que han de adoptar los gobiernos, según
proceda, los mecanismos nacionales para el adelanto de
la mujer: |
a) Fomentar la organización
de programas de educación y capacitación
de la mujer a fin de que se prepare información
destinada a los medios de difusión, incluida
la financiación de actividades experimentales
y la utilización de nuevas tecnologías
aplicadas a la comunicación, a la cibernética
y a la comunicación espacial y por satélite,
ya sea en la esfera pública o privada;
b) Alentar la utilización
de los sistemas de comunicación, incluidas
las nuevas tecnologías, como medio de fortalecer
la participación de la mujer en los procesos
democráticos; c)
Facilitar la compilación de una lista de
especialistas en los medios de difusión en
cuestiones relacionadas con la mujer; d)
Alentar la participación de la mujer en la
elaboración de directrices profesionales
y códigos de conducta u otros mecanismos
apropiados de autorregulación para fomentar
una imagen equilibrada y no estereotipada de la
mujer en los medios de difusión. |
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| 242. Medidas
que han de adoptar las organizaciones no gubernamentales
y las asociaciones profesionales de difusión: |
a) Estimular la creación
de grupos de control que puedan vigilar a los medios
de difusión y celebrar consultas con ellos
a fin de velar por que las necesidades y los problemas
de la mujer se reflejen en forma apropiada;
b) Capacitar a la mujer para
que pueda utilizar mejor la tecnología de
la información aplicada a la comunicación
y a los medios de difusión, incluso en el
plano internacional; c)
Crear redes entre las organizaciones no gubernamentales,
las organizaciones femeninas y las organizaciones
de difusión profesionales y elaborar programas
de información para esas organizaciones,
a fin de que se reconozcan las necesidades concretas
de la mujer en los medios de difusión, y
facilitar una mayor participación de la mujer
en la comunicación, en particular en el plano
internacional, en apoyo del diálogo Sur-Sur
y Norte-Norte entre esas organizaciones con miras,
entre otras cosas, a promover los derechos humanos
de la mujer y la igualdad entre la mujer y el hombre;
d) Alentar al sector de los
medios de difusión y a las instituciones
de enseñanza y de capacitación en
materia de medios de difusión a que elaboren,
en los idiomas apropiados, formas de difusión
destinadas a los grupos tradicionales autóctonos
y a otros grupos étnicos, tales como la narración,
el teatro, la poesía y el canto, que reflejen
sus culturas y a que utilicen esas formas de comunicación
para difundir información sobre cuestiones
sociales y de desarrollo. |
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| Programa de Fortalecimiento de la Comunicación
No Sexista en Iberoamérica |
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